La difamación es según la RAE, la “acción y efecto de
difamar”, esto es, “desacreditar a
alguien, de palabra o por escrito, publicando algo contra su buena opinión y
fama”.
Este fenómeno se puede ver desde diferentes ángulos: moral,
psicológico y legal. El difamador se muestra a sí mismo como alguien que no
valora a los demás—a quién denigra, al público al cual trasmite su difamación
y, claro está, a sí mismo al realizar tal acción--, les comunica mentiras,
tergiversaciones de la realidad con frustración, despecho, envidia, resentimiento
y/u odio. Quien difama puede ser una persona de mucha o poca cultura, inteligencia
e imaginación, con un gran o poco potencial o capacidad pero al difamar se puede
mostrar como un digno autor de una conspiración delirante o de una novela cursi
barata, proyectando en quien difama sus más bajas pasiones o manías (ambición
desmedida de poder o dinero, lujuria inconsumada, mitomanía, etc.).
Ahora bien, el difamado puede optar por no responder o hacer
caso a las bajezas de quien lo difamó subestimándolo, considerándolo un triste personaje, un pobre diablo, u optar por entablarle
una demanda legal por posibles daños morales, psicológicos, laborales o aun económicos
que le pudo acarrear las difamaciones. Es necesario enfrentar al difamador
puesto que sus mentiras o medias verdades se propagan y pueden ser aceptadas
por gente ingenua o que simplemente desconoce los hechos y las pruebas que
desmienten categóricamente al infame denigrador.
Y así, recién cuando reciben una dura pena (que puede
implicar el encierro carcelario) algunos difamadores se muestran arrepentidos.
Otros castigos solo llegan a multas o prisión suspendida.
La difamación oral puede ser hecha en presencia de varias
personas, en un lugar público, o divulgada por los medios de comunicación
convencionales (radio, TV) o digitales, si es escrita puede ser anónima, con
pseudónimo o no, a través de diarios, folletos, volantes, Internet o redes
sociales.
Puede ser contra un rival político, un (ex) jefe, (ex)
compañero(s) de trabajo, la ex pareja (cónyuge o no) o alguien que simplemente le
pretendía pero que le rechazó. Incapaz de superar su frustración el difamador
simplemente “patea el tablero” mostrándose infantil y engreído.
¿Se puede difamar instituciones y organizaciones? Sí, pero
en este caso el que se le considere o no delito depende de la legislación de
cada país. Por ejemplo, aun se castiga la difamación contra la religión (la
blasfemia) en algunos países donde impera la teocracia.
¿Cómo prevenir las difamaciones? Es difícil eso ya que al
ser producto de las bajas pasiones de quien las comete, no se sabe en qué
momento o quiénes las producirán. Mas una vez realizadas ya se sabe la calidad
de gente de quienes muchas veces se presentan disfrazados de corderos.
Lo que sí se puede hacer es hacer uso del pensamiento
crítico para no aceptar cualquier cosa como verdad por más simpática que nos
caiga la persona difamadora. Puesto que así como hay que dudar de seres o
fenómenos de los cuáles no tenemos la prueba o la certeza que existan, tampoco
tenemos la seguridad de que quienes se presentan con algo o mucho de carisma no
tengan un trauma o un fracaso no superado, que en determinadas circunstancias
puede aflorar.
Por desgracia, no todos han sido expuestos al pensamiento
crítico o no se ejerce éste en todos los ámbitos de la vida. Y así como los
buenos ejemplos son dignos de imitar, hay difamadorcillos que imitan caricaturescamente
las injurias de los enanos morales a quienes consideran superiores a ellos, y que admiran o que los usan astutamente
para que divulguen sus ataques.